CURSOS VÁLIDOS PARA EL CONCURSO GENERAL DE TRASLADOS DOCENTES y SEXENIOS
El Concurso General de Traslados (CGT) docente en España es un proceso anual de movilidad voluntaria para obtener destino definitivo, que está regulado estatalmente por el Real Decreto 1364/2010, https://www.boe.es/eli/es/rd/2010/10/29/1364 modificado por el Real Decreto 677/2024, https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-14628 que permite a los funcionarios de carrera cambiar de Comunidad Autónoma (estatal) o dentro de la misma (autonómico). La regulación estatal establece que la baremación ha de ser uniforme en todo el territorio español.
En las convocatorias del Concurso General de Traslados (CGT) para docentes, reguladas, por ejemplo en 2025, por la Resolución de 31 de octubre de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario de cuerpos de funcionarios docentes, para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y las respectivas publicaciones de Boletines Oficiales de las diferentes Comunidades Autónomas,
A modo de ejemplo, reseñamos la normativa de alguna Comunidad Autónoma:
- Asturias: Resolución de 8 de octubre de 2025, de la Consejería de Educación, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico, para personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo, para la provisión de plazas vacantes en los centros docentes dependientes de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias (BOPA 31/10/2025).
- Andalucía: Resolución de 31 de octubre de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos (BOA, 7/11/2025).
- Cantabria: Orden EDU/102/2025, de 23 de octubre, por la que se convoca concurso de traslados para personal funcionario docente de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional a extinguir, de Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores de Música y Artes Escénicas, de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, para la provisión de plazas dependientes de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC, 30/10/2025).
- Castilla y León: Orden EDU/1196/2025, de 22 de octubre, por la que se convoca el concurso de traslados de ámbito autonómico entre el personal funcionario de carrera y en prácticas dependiente de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y perteneciente al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León (BOCYL, 3/11/2025)
- Madrid: Resolución de 14 de octubre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico de los Cuerpos de Maestros, Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria, Técnicos de Formación Profesional (a extinguir), Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño. (BOM, 27/10/2025).
Se establece como mérito en el apartado de Formación y perfeccionamiento, que se puede obtener un total de 15 puntos de los que 9 puntos, corresponde a cursos recibidos. Se puntuarán con 0,1000 puntos por cada 10 horas de actividades de formación acreditadas. A estos efectos se sumarán las horas de todas las actividades, no puntuándose el resto del número de horas inferiores a 10.
Esto quiere decir que necesitarías 900 horas de formación para completar el máximo de los 9 puntos. Lo que suele ocurrir es que el nuevo o nueva funcionaria, no es conocedor de este aspecto y, en muchas ocasiones, aporta el cómputo de horas con los que opositó, que es netamente inferior a las 900 horas máximas del CGT.
En la mayoría de las Comunidades Autónomas el máximo de horas para contabilizar en la fase de oposición es de 300, lo que implicaría una merma de 600 horas.
Es por ello que los cursos enfocados para docentes que www.Edxcellent.com te ofrece, no solo completan tu formación como opositor sino como futuro funcionario de carrera.
Estos cursos han de ir enfocados al perfeccionamiento sobre aspectos científicos y didácticos de las especialidades del cuerpo al que pertenezca el participante, a las plazas o puestos a los que opte o relacionadas con la organización escolar o con las tecnologías aplicadas a la educación, organizadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, las Consejerías que tengan atribuidas las competencias en materia educativa, por instituciones sin ánimo de lucro siempre que dichas actividades hayan sido homologadas o reconocidas por las Administraciones educativas, así como las organizadas por las Universidades.
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